191 productos provenientes de Ecuador pagan arancel diferencial al ingresar a Colombia

Foto: MinCIT/Ricardo Báez

La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, explicó que las decisiones adoptadas por Colombia cuentan con sustento técnico, jurídico y constitucional. El compromiso es proteger la industria y las cadenas de abastecimiento.

• En el primer bimestre de este año Colombia exportó a Ecuador en bienes no minero energéticos US$219,9 millones.

Bogotá, 30 de abril de 2026.

191 productos importados desde Ecuador, de un universo arancelario de 758 subpartidas que se intercambian con ese país, pagan un arancel diferenciado del 35 %, 50 % y 75 % al ingresar a Colombia. El objetivo es proteger la industria colombiana, el empleo, la población en la frontera y garantizar el abastecimiento y la estabilidad económica del país.

A través del Decreto 0455 del 28 de abril de 2026, el Gobierno hizo uso del mecanismo de aranceles inteligentes y definió las tarifas arancelarias mencionadas para 191 productos ecuatorianos, las que se aplicarán dependiendo del grado de producción y de abastecimiento interno.

“Con esta medida no solo protegemos la industria nacional, sino que garantizamos el abastecimiento interno. Esto implica mantener arancel cero para los bienes que son insumos productivos esenciales, que no tienen sustituto inmediato y que son necesarios para los procesos de transformación con valor agregado. Y al tiempo, aplicamos medidas de protección en los sectores en los que Colombia cuenta con capacidad productiva suficiente”, explicó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas.

Insistió en que se interviene: “donde tenemos capacidad interna y protegemos donde existen desequilibrios”.

Desde el inicio se definió una diferenciación por lo que se mantiene el arancel cero para los productos que son materia prima, insumos y bienes intermedios fundamentales para la producción nacional y para la generación de valor agregado. Y se impone arancel para los bienes que tienen capacidad productiva y sensibilidad económica.

“Esa racionalidad es consistente con la estructura del comercio bilateral y con la necesidad de no trasladar el choque externo a la propia industria colombiana”, dijo la ministra Morales.

De esta manera, productos estratégicos y esenciales para Colombia, que funcionan como insumos o bienes intermedios claves para la transformación de otros bienes con valor agregado o que no se produzcan en el mercado interno, no pagarán arancel.

En cambio, los productos que lleguen desde el vecino país, que se produzcan en Colombia y cuenten con algún grado de capacidad productiva nacional pagarán un arancel del 35 %, el 50 % y el 75 %.

Se trata de una medida temporal, es decir, permanecerá mientras Ecuador mantenga la que ha llamado la ‘tasa de seguridad’ para los productos colombianos que ingresen a ese país y que hoy es del 100 %.

Productos y tarifas

Según el Decreto 0455 las tarifas de arancel para los diferentes productos que se importen desde Ecuador se aplicarán así:

Arancel del 35 %:
o Fríjol
o Los demás fríjoles
o Plátanos
o Preparaciones para alimentación animal
o Alimentos balanceados para animales.
o Carbonato de calcio
o Medicamentos
o Congeladores

Arancel del 50 %:
o Grasas y aceites vegetales hidrogenados, interesterificados o modificados
o Neumáticos
o Otros tableros de madera
o Diferentes clases de papel
o Otros artículos de papel
o Artículos moldeados de papel
o Sacos y talegas de polietileno o polipropileno
o Sacos y talegas tejidos para envasado

Arancel del 75 %:
o Diferentes clases de arroz
o Aceite de palma
o Azúcar
o Café
o Cacao en polvo
o Extractos, concentrados y esencias de café
o Alcohol etílico
o Cintas adhesivas de polipropileno
o Placas de polipropileno
o Tubos rígidos de PVC
o Placas de PET
o Asientos y tapas de inodoros
o Bombonas, garrafones y recipientes similares
o Vajillas de plástico
o Los demás artículos de cocina
o Partes de refrigeradores
o Cuadernos
o Telas no tejidas
o Barras de acero
o Perfiles de acero
o Tubos de acero inoxidable soldados
o Perfiles de aluminio
o Tubos de aluminio sin alear
o Barras de aluminio
o Campanas extractoras
o Herramientas de perforación para roca
o Herramientas para taladrar
o Gasolinas
o Los demás aceites de petróleo
o Aceites lubricantes

M.C.I.T



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