En una decisión histórica, el Tribunal de Justicia Andino ha confirmado las sanciones impuestas por la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) a dos empresas productoras de papeles suaves, quienes fueron halladas culpables de violar las normativas de competencia.
Estas sanciones, originadas en 2018, están relacionadas con la celebración de acuerdos transfronterizos para la fijación de precios en este sector.
La Secretaría General de la CAN había señalado que las empresas infringieron el régimen de libre competencia al fijar precios y repartir el mercado de papeles suaves. Estas prácticas anticompetitivas se llevaron a cabo de manera continua durante varios años y afectaron tanto a Colombia como a Ecuador.
Las sanciones impuestas, que ascienden a US$17 millones y US$16,8 millones respectivamente, no solo buscaban penalizar a las empresas, sino también prevenir la repetición de conductas similares en el futuro.
Ante esto, las firmas involucradas presentaron acciones de nulidad contra estas sanciones ante el Tribunal Andino, que ahora ha respaldado la decisión de la Secretaría.
En su fallo, el Tribunal enfatizó que la Secretaría era competente para investigar las infracciones de competencia, dado el efecto transfronterizo de las acciones anticompetitivas, que se iniciaron en Colombia y tuvieron repercusiones en el mercado ecuatoriano.
Asimismo, el Tribunal afirmó que la Secretaría General de la CAN actuó en conformidad con la Decisión 608, que establece normas para la protección y promoción de la libre competencia en la Comunidad Andina.
Luis Carlos Reyes Hernández, ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, celebró la decisión, alineándola con la política del Gobierno del Presidente Gustavo Petro, que busca promover un comercio justo y equilibrado.
La Superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque, dijó que este fallo es un paso para avanzar en la integración latinoamericana y regular los poderes económicos, subrayando la importancia de proteger los derechos de los consumidores.
(M.C.I.T)