Mindeporte reglamenta venta de boletas e ingreso a estadios

Circular 011 establece medidas para garantizar la seguridad, comodidad y convivencia en los partidos de fútbol profesional – Foto: Mindeporte

La seguridad y la experiencia del aficionado en los estadios de fútbol profesional colombiano han sido prioridad para el Ministerio del Deporte, que recientemente emitió la Circular Externa 011 del 4 de julio de 2024, con el objetivo de fortalecer la seguridad y la comodidad en los estadios de fútbol profesional. Esta medida establece normativas estrictas para la venta de boletos, el control de acceso y la organización logística, garantizando una experiencia segura y ordenada para los aficionados.

Medidas para un fútbol más seguro y agradable

La circular establece medidas para la comercialización de la boletería y el ingreso de aficionados a los partidos de fútbol profesional en todo el país. Entre las principales disposiciones se encuentran:

  • Venta de boletería a través de comercializadores debidamente constituidos.
  • Implementación de una estructura logística idónea para un ingreso ordenado y sin aglomeraciones.
  • Uso de dispositivos electrónicos para el control de acceso y validación de boletas.
  • Registro de todas las boletas emitidas, incluyendo las de cortesía.
  • Control del número de boletas vendidas y su correspondencia con la capacidad autorizada del estadio.
  • Información en tiempo real al Puesto de Mando Unificado (PMU) sobre el flujo de ingreso de espectadores.

Cumplimiento obligatorio y sanciones

Los clubes profesionales y la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) están obligados a cumplir con las disposiciones de la Circular Externa 011. El incumplimiento de estas medidas podrá acarrear la suspensión o aplazamiento de los eventos deportivos en las ciudades que no las acaten.

Fecha límite para el envío de información

Los clubes profesionales y la FCF deben remitir al correo electrónico [email protected] los contratos con la empresa comercializadora de boletería y prestadora de servicios logísticos, antes del 15 de julio de 2024.



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