
Gabinete Ministerial y altos funcionarios del Gobierno Nacional.
Bogotá, Colombia, 11 de octubre de 2026.
Históricamente, las mujeres han tenido que enfrentar enormes barreras para conquistar y consolidar espacios de liderazgo en la vida pública. Cada año ha exigido superar prejuicios, discriminación y distintas formas de violencia que buscan desacreditarlas, silenciarlas o reducir su participación.
Ejercer un liderazgo público no puede significar renunciar a la dignidad ni aceptar la humillación como el precio de ser mujer.
Por eso, el Gobierno Nacional, sus ministros, ministras y altos funcionarios rechazan de manera categórica, contundente y sin ambigüedades los ataques de carácter misógino, sexista y denigrante dirigidos contra la primera dama de la Nación.

Rechazamos las expresiones atribuidas al caricaturista Julio César González, conocido como Matador, particularmente la utilización del término “ratica” y los señalamientos relacionados con la apariencia física de la primera dama.
La animalización de una mujer y los ataques contra su aspecto físico son formas de descalificación que consideramos profundamente misóginas. No cuestionan sus ideas, sus decisiones ni su trabajo. Por el contrario, recurren a estereotipos de género que pueden menoscabar su dignidad y desacreditar su liderazgo público.
La misoginia no puede disfrazarse de humor ni utilizarse como instrumento de confrontación política. La libertad de expresión protege la crítica, la sátira y el debate democrático, pero también existe el derecho de rechazar públicamente las expresiones degradantes y discriminatorias.

Resulta inaceptable que las mujeres sigan enfrentando burlas sobre sus cuerpos, descalificaciones personales y expresiones deshumanizantes por ocupar espacios de visibilidad y liderazgo.
Ninguna mujer en Colombia, sin importar su ideología, su origen, su apellido o su posición pública, debe soportar la humillación como condición para participar en la sociedad.
La legislación colombiana reconoce la gravedad de estas formas de violencia y discriminación. La Ley 1257 de 2008 establece medidas para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres, incluida la violencia psicológica. Por su parte, la Ley 2453 de 2025 contempla mecanismos frente a la violencia contra las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos, incluidas conductas basadas en el género que pueden afectar su liderazgo, participación e imagen pública.

Hacemos un llamado firme a la Fiscalía General de la Nación para que examine estas expresiones con la seriedad y diligencia que exige la protección de los derechos de las mujeres. Corresponde a las autoridades competentes determinar, con plena independencia y respeto por el debido proceso, si los hechos configuran alguna conducta sancionable y si procede activar los mecanismos legales correspondientes.
La lucha contra la violencia de género exige coherencia institucional. No puede existir una condena selectiva: lo que se rechaza cuando afecta a unas mujeres no puede justificarse, minimizarse o ignorarse cuando se dirige contra otras.
Defendemos la libertad de prensa, la caricatura y el disenso político. Pero también defendemos el derecho de toda mujer a que su dignidad sea respetada, sin que su apariencia física o su condición de género sean utilizadas como herramientas de descalificación.

Expresamos nuestra solidaridad y respaldo a la primera dama de la Nación y a todas las mujeres colombianas que han enfrentado humillaciones, discriminación o violencia por ejercer su liderazgo y participar en la vida pública.
EL RESPETO POR LAS MUJERES NO SE NEGOCIA. LA MISOGINIA NO SE JUSTIFICA Y LA DEFENSA DE SU DIGNIDAD NO ADMITE DOBLES DISCURSOS.
GOBIERNO NACIONAL DE COLOMBIA
Gabinete Ministerial y altos funcionarios del Gobierno Nacional.














