
- De acuerdo con el Ministerio de Transporte, la actualización normativa busca simplificar trámites y mejorar las condiciones de operación del servicio público individual.
Pereira, septiembre 11 de 2026.
El Área Metropolitana del Centro Occidente, en su calidad de autoridad de transporte público metropolitano, se reunió con representantes de las empresas habilitadas para la prestación del servicio público individual de pasajeros en vehículos tipo taxi, con el propósito de socializar los cambios introducidos por el Decreto 1001 de 2026 al Decreto 1079 de 2015 del Ministerio de Transporte y explicar su aplicación en la jurisdicción metropolitana.
Uno de los principales cambios está relacionado con la Planilla Única de Viaje Ocasional, documento que autoriza a los vehículos taxi a realizar viajes ocasionales por fuera de su radio de acción autorizado. Con la nueva regulación, se amplían las posibilidades de movilidad hacia algunos municipios contiguos, bajo las condiciones establecidas en la normativa nacional.
Esta posibilidad aplica para los municipios de Marsella, Santa Rosa de Cabal, Balboa y Santuario, en Risaralda; Belalcázar y Viterbo, en Caldas; Cartago, Ulloa y Ansermanuevo, en Valle del Cauca; y Filandia y Salento, en Quindío.

“Los vehículos tipo taxi podrán circular en municipios contiguos que limiten con los municipios de Pereira, Dosquebradas y La Virginia sin planilla de viaje ocasional. Es un gran beneficio para el servicio individual”, explicó Laura Hidalgo, subdirectora de Transporte y Movilidad del AMCO.
Para Wilson Quintero, directivo de Primer Tax y quien cuenta con cerca de 27 años de experiencia en el sector, uno de los principales beneficios de la nueva regulación está precisamente en ampliar el margen de movilidad de los vehículos taxi.
“Rescatamos del Decreto 1001 lo que tiene que ver con la Planilla de Viaje Ocasional, que amplió el margen de movilidad hacia municipios contiguos como Santa Rosa, Marsella y Viterbo y algunos del Quindío, como Filandia y Salento, donde ya no se requiere ese documento para movilizar a nuestros usuarios”, señaló Quintero.
Es importante precisar que, para viajes hacia municipios que no se encuentren dentro de los contemplados en la regulación aplicable, deberán cumplirse los requisitos correspondientes, incluida la Planilla Única de Viaje Ocasional cuando sea exigible. En ningún caso el servicio de taxi podrá prestarse bajo la modalidad de transporte colectivo.
Prensa Alcaldía de Pereira














